Coordinación de Seguridad y Salud

De acuerdo a lo establecido por el R.D. 1627/1997 de 24 de octubre: Es necesario nombrar un coordinador de seguridad y salud en las obras que:

«Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.»

El objetivo durante la actividad como coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra son principalmente:
– Eliminación de la siniestralidad
– Cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud
– Consecución de unas adecuadas condiciones de trabajo

Todo ello, colaborando en todo momento con la propiedad y la dirección de la obra.

METODOLOGÍA DE TRABAJO

– Realización de visitas de coordinación a obra con la posterior emisión del correspondiente acta de visita.

– Identificación continua de las principales situaciones de riesgo propias de la fase en que se encuentre la obra y en consecuencia, de la acción preventiva para los riesgos identificados.

– Control del correcto uso y mantenimiento de las protecciones colectivas, equipos de protección individual, medios auxiliares, equipos de trabajo y señalización.

– Realización de auditorías a las distintas empresas, contratistas y subcontratistas sobre el cumplimiento de la Ley de PRL 31/1997, la documentación de Prevención de Riesgos Laborales, y el cumplimiento de las condiciones y distintas normativas que le sean de aplicación a las distintas máquinas, equipos e instalaciones que intervengan en la obra.

– Redacción de informes mensuales que permitan conocer la evolución de la obra en materia de Seguridad y Salud, y las acciones llevadas a cabo por el coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución.

– Convocar periódicamente la celebración de reuniones de seguridad con los representantes de las diferentes empresas contratistas y subcontratistas, con la finalidad coordinar las actividades empresariales, resolver problemas y obtener compromisos por parte de las partes implicadas.

– Cumplimentación del Libro de Incidencias, enviando copia, si procede, a la Inspección de Trabajo en el plazo máximo de 24 horas.

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